¿Quién tiene que hacer la declaración?


  • ¿Quién tiene que hacer la declaración de la renta?
    No tendrán que declarar los ciudadanos que sólo obtengan rentas procedentes de las siguientes fuentes y con los sigueintes límites, en estimación individual o conjunta:
    Rendimientos íntegros del trabajo, con el límite de 22.000 euros anuales.
    Este  límite será de 11.200 euros para los contribuyentes que perciban rendimientos íntegros del trabajo en los siguientes supuestos:
    • Cuando procedan de más de un pagador.
    • Cuando se perciban pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos.
    • Cuando el pagador de los rendimientos del trabajo no esté obligado a retener.
    • Cuando se perciban rendimientos íntegros del trabajo sujetos a tipo fijo de retención.
             Tampoco existe obligación de declarar si se han obtenido rendimientos del capital mobiliario y/o de ganancias patrimoniales sometidos a retención o ingreso a cuenta, con el límite en conjunto para las dos clases de rendimientos, de 1.600 euros anuales.

Ni las rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos íntegros del capital mobiliario no sujetos a retención derivados de letras del Tesoro y subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado, con el límite conjunto de 1.000 euros anuales.

Y tampoco los rendimientos íntegros del trabajo, de capital o de actividades económicas, así como ganancias patrimoniales, con el límite conjunto de 1.000 euros anuales y pérdidas patrimoniales de cuantía inferior a 500 euros.

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